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22 Noviembre 2024
El Corregidor o alcalde mayor. Era la máxima autoridad y era nombrado directamente por el conde de Luna; su mandato duraría un año y no debía de ser natural del concejo.
Los regidores. Era el segundo cargo más importe. Se les elegía por vecera, a calle hita, el primero de enero o el día de san Juan. Representaban a sus respectivos concejos y desempeñaban muchas y diversas funciones.
El juez y justicia ordinaria. Lo elegía el concejo a través de sus representantes y por el ejercicio de su oficio cobraba un salario a cargo del concejo. El mandato solía ser anual y al finalizar el año tenía que dejar el cargo (aunque alguno se negó)
El procurador síndico general. Lo elegían los diputados, regidores y acordadores. Su función era la de defender los intereses del Concejo.
El depositario general. Era una especia de tesorero nombrado por los vecinos; se encargaba de guardar todo el dinero recaudado por el concejo para hacer frente a sus obligaciones económicas y fiscales y de cualquier otro tipo.
Los alcaldes de los nobles hidalgos y del estado llano del concejo. Se nombraban por los de sus propios estados, con la presencia del corregidor y los regidores del lugar. La votación era secreta y su mandato duraba un año.
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Fuente: Páramo del Sil. Historia, Arte y Sociedad de un Municipio.